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Cómo obtener registros o documentos

¿Necesita obtener registros o información del sheriff o de alguna oficina municipal o del condado?

Usted tiene derecho a ver esos registros debido a la Ley de Información de Texas, que regula el acceso a la información pública o la "libertad de información".

  1. Para solicitar registros, documentos o información a una cárcel o a una oficina del condado, haga clic aquí. Aquí les presento una carta solicitando acceso a los registros públicos. 
  2. Complete toda la información requerida y envíela por correo. Se recomienda el correo certificado; no es necesario que incluya un nombre específico, pero diríjala al Oficial de Información Pública o al Sheriff a la dirección de la cárcel.
  3. La cárcel del condado (u otra oficina) está obligada a responder en un plazo de 10 días, pero es perfectamente legal que le digan que necesitan más tiempo para atender su solicitud.
  4. No pidas más de lo necesario; solo retrasarás el proceso o te cobrarán cargos adicionales. Si deciden cobrarte por tu solicitud, puedes pedir que te reduzcan los cargos o que los eliminen por completo. ¡Informa a Texas Jail Project si los cargos te parecen excesivos o si el personal de la cárcel no colabora!
  5. Esta carta de muestra es cortesía de Fundación para la Libertad de Información–visite su sitio web, que tiene muchísima información sobre sus derechos para obtener información de una agencia estatal, del condado o de la ciudad. Aquí hay otro sitio con información sobre la Ley de Información Pública de Texas, anteriormente conocida como la Ley de Registros Abiertos: el Fiscal General de Texas.

Consejos para solicitar con éxito acceso a la información pública.

  1. Su solicitud debe presentarse por escrito. Solo las solicitudes escritas generan las obligaciones de un organismo gubernamental conforme a la Ley de Información Pública.
  2. Su solicitud debe referirse a documentos u otra información que ya exista. Los organismos gubernamentales no están obligados a responder preguntas, realizar investigaciones legales ni atender solicitudes periódicas de información que se prepare en el futuro.
  3. Recomendamos que todas las solicitudes se envíen por correo postal estadounidense y que se conserve una copia de la solicitud original y el comprobante de su recepción por parte del organismo gubernamental.
  4. Recomendamos que todas las solicitudes se dirijan al Oficial de Información Pública o al director administrativo del organismo gubernamental. Las solicitudes enviadas por fax o correo electrónico deben dirigirse al Oficial de Información Pública o al director administrativo para que se genere una obligación conforme a la Ley de Información Pública.
  5. Si cree que un organismo gubernamental no ha respondido como lo exige la Ley de Información Pública, le recomendamos que se comunique con la línea directa de la División de Registros Abiertos al (512) 478-6736 o al número gratuito (877) 673-6839, con su fiscal de distrito local o con el fiscal del condado local. [O envíe un correo electrónico a help@texasjailproject.org]

 
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