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Qué hacer al abogar por las personas con discapacidad encarceladas

Todas las personas privadas de libertad están protegidas por el artículo 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973, 29 USC § 794(a), y por el Título II de la Ley para Estadounidenses con Discapacidades, 42 USC § 12131 y siguientes. La ADA regula las instalaciones administradas por agencias estatales y locales, independientemente de si reciben fondos federales.

Para obtener más información sobre los derechos de las personas con discapacidad que se encuentran encarceladas, a continuación se detallan las medidas inmediatas que puede tomar para defender sus derechos en las cárceles de los condados de Texas.

Presente una solicitud de admisión ante Disability Rights Texas (DRT).

Disability Rights Texas es la única agencia estatal que tiene derecho a realizar visitas sin previo aviso a una persona que se encuentre en la cárcel, prisión, hospital estatal, hogar colectivo o centro de vida asistida por el estado.

Envíe una solicitud de admisión utilizando su formulario en línea.

Por favor, avísanos cuando hayas completado el formulario de admisión para que podamos coordinar las iniciativas de defensa con nuestros aliados en Disability Rights Texas.

Póngase en contacto con la Autoridad Local para la Discapacidad Intelectual y del Desarrollo (LIDDA).

Las autoridades locales para personas con discapacidad intelectual y del desarrollo (LIDDA, por sus siglas en inglés) "sirven como punto de entrada a los programas para personas con discapacidad intelectual y del desarrollo (DID)" en Texas.

Si su ser querido es cliente o ha recibido servicios de una Autoridad Local para Discapacidades Intelectuales y del Desarrollo (LIDDA, por sus siglas en inglés), comuníquese con su oficina local para notificarles sobre su encarcelamiento. Encuentre la información de contacto de su oficina local. aquí.

Si le preocupa la calidad de la atención que le brinda su LIDDA, comuníquese con el Oficina del Defensor del Pueblo en la Comisión de Salud y Servicios Humanos de Texas.

Presente una queja ante la División de Derechos de las Personas con Discapacidad del Departamento de Justicia.

Si se han violado los derechos de su ser querido en virtud de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades, o si necesita denunciar abusos o negligencia médica contra una persona con discapacidad encarcelada, presente una queja aquí ante la división de derechos de las personas con discapacidad del Departamento de Justicia.

Póngase en contacto con nosotros si necesita ayuda para redactar o presentar una queja ante cualquiera de las agencias mencionadas anteriormente.

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